El Artículo 103 de la Constitución Política del Estado dispone la creación del Sistema Estatal de Ciencia y Tecnología con la finalidad de garantizar el desarrollo de la ciencia y la investigación científica, técnica y tecnológica en beneficio del interés general.
El Sistema Estatal de Ciencia y Tecnología es un modelo funcional integrado por tres sectores: 1) Demandante de Ciencia y Tecnología; 2) Generador de conocimientos; y, 3) Gubernamental.
Entre los componentes para el fortalecimiento del Sistema Estatal de Ciencia y Tecnología se encuentran: Acceso a información Científica y Tecnológica gratuita para nuestros investigadores; Reconocimiento a los mejores proyectos de investigación científica y tecnológica; e Implementación de Redes Nacionales de Investigación Científica y Tecnológica.