ARTÍCULO 1.- (APROBACIÓN). I. Aprobar la Convocatoria al 3er Encuentro de Teatro y Arte Plural de Estudiantes con Discapacidad Intelectual "2025 Año del Bicentenario de Bolivia".
II. Aprobar el Reglamento del Encuentro de Teatro y Arte Plural de Estudiantes con Discapacidad Intelectual, que consta de tres (3) capítulos, diecisiete (17) artículos y dos (2) disposiciones finales, el cual, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
ARTÍCULO 1.- (APROBACIÓN). Aprobar el "Formulario de Respaldo para Inscripción de Casos Excepcionales" y la "Guía para el llenado del Formulario de Respaldo para Inscripción de Casos Excepcionales", en el Ámbito de la Educación Alternativa que en anexo forman parte integrante e indisoluble de la presente Resolución Ministerial.
ARTÍCULO l.- (APROBACIÓN). Aprobar el “Reglamento de Apertura, Modificación y Cierre de Centros de Educación Alternativa, Centros de Educación Permanente No Escolarizada, y Centros de Educación Alternativa Integrados, Fiscales y de Convenio del Ámbito de Educación Alternativa", en sus cinco (5) capítulos, veintitrés (23) artículos, cuatro (4) disposiciones transitorias, tres (3) disposiciones finales, y dos (2) anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
ARTÍCULO 1.- (APROBACIÓN). Aprobar el Reglamento para el Fortalecimiento de la Educación Inclusiva en el Sistema Educativo Plurinacional — Modalidad Indirecta en sus Diez (10) Capítulos, Sesenta y Tres (63) Artículos y Tres (3) Disposiciones Finales, que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial..
Artículo 1. APROBACIÓN). Aprobar el "Reglamento de Educación por Radio en la Modalidad Semipresencial en los Centros de Educación Alternativa para optar al Bachillerato", en sus cinco (5) Capítulos, veintiún (21) Artículos, y dos (2) Disposiciones Finales, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 1. (APROBACIÓN). Aprobar el Reglamento de Educación Alternativa en Contextos de Encierro para Personas Privadas de Libertad, en sus Cuatro (4) Capítulos, Veintiséis (26) Artículos, Dos (2) Disposiciones Transitorias, y Dos (2) Disposiciones Finales, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
ARTÍCULO 1.- (APROBACIÓN). Aprobar el Reglamento para la Organización de Estudiantes/Participantes del Subsistema de Educación Alternativa y Especial, en sus Seis (6) Capítulos, Veintinueve (29) Artículos, Dos (2) Disposiciones Transitorias y Tres (3) Disposiciones Finales, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 1.- (APROBACIÓN). Aprobar el CERTIFICADO DE FACILITADOR/A con valor curricular, a favor de estudiantes de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Unidades Académicas, por haber desarrollado procesos Educativos de Alfabetización como Facilitador o Facilitadora, que en Anexo, constituye parte integrante de la presente disposición normativa.
Artículo 1.- (AUTORIZACIÓN). Autorizar a la Dirección General de Post-alfabetización, dependiente del Viceministerio de Educación Alternativa y Especial, el desarrollo de la Campaña "BOLIVIA LEE 2022", que comprende la alfabetización y la práctica de la lectura y escritura, bajo los siguientes parámetros...
Artículo 1. (RATIFICACIÓN). Ratificar la estructura orgánica académica de la Universidad Militar "Mariscal Bernardino Bilbao Rioja", en la que se establece la dependencia de la Escuela Marítima de la Armada Boliviana como su Unidad Académica, debiendo gestionar toda solicitud incluyendo la aprobación de sus planes y programas de estudio de pregrado y postgrado, así como la emisión de sus diplomas académicos y tramitación de títulos a través de la Universidad Militar, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 070 de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez", la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación "Comandantes de la Independencia de Bolivia" y la Resolución Ministerial N° 0146/2013 de 25 de marzo de 2013.
Artículo 1. (DESIGNACIÓN). Se designa como REPRESENTANTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, PARA LA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CEGUERA DEL INSTITUTO BOLIVIANO DE LA CEGUERA (IBC) a los siguientes representantes:
1. Lic. Viviana Mamani Laura - Viceministra de Educación Alternativa y Especial, como representante Titular del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de la Ceguera.
2. Lic. Cesar Alfredo Bobarin Zarate - Director General de Educación Especial, como Representante Alterno del Ministerio de Educación en caso de ausencia del Representante Titular ante el Consejo Nacional de la Ceguera.